El artículo 1 de la Directiva 2009/24/CE establece que el objeto de la protección son los programas de ordenador:
- Los Estados miembros protegerán mediante derechos de autor los programas de ordenador como obras literarias.
- El programa de ordenador quedará protegido si fuere original en el sentido de que sea una creación intelectual propia de su autor.
- Las disposiciones de la presente Directiva se aplicarán asimismo a los programas creados con anterioridad al 1 de enero de 1993.
El artículo 1.2 de la Directiva 2009/24/CE establece:
Las ideas y principios en los que se base cualquiera de los elementos de un programa de ordenador, incluidos los que sirven de fundamento a sus interfaces, no estarán protegidos mediante derechos de autor.
Es decir:
- ✅ Se protege la expresión del programa (el código).
- ❌ No se protegen las ideas, algoritmos, principios o interfaces como tales.
artículo 1.1 -> Los Estados miembros protegerán mediante derechos de autor los programas de ordenador como obras literarias. Los programas se protegen como obras literarias a efectos del Convenio de Berna.
La protección No exige novedad ni calidad, se exige únicamente:
- originalidad;
- creación intelectual propia del autor.
La Directiva se aplica también a programas creados antes del 1 de enero de 1993.
Esquema para el examen
Directiva 2009/24/CE
Protege:
- ✅ Código fuente.
- ✅ Código objeto.
- ✅ Expresión del programa.
No protege:
- ❌ Ideas.
- ❌ Algoritmos.
- ❌ Principios.
- ❌ Funcionalidades.
- ❌ Lenguajes de programación.
Truco para recordar
En propiedad intelectual:
Se protege la expresión, no la idea.
Es exactamente igual que ocurre con un libro:
- la novela está protegida;
- la idea general de la historia no.
Con el software sucede lo mismo.